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Velar en un tanatorio: ¿qué se hace?

Muchas personas nos preguntan si es obligatorio velar en un tanatorio. Lo cierto es que no. Nadie está obligado a velar en un tanatorio. 

La razón por la que las personas van a “velar” es que, tal como establece la ley, una persona que ha fallecido, solo se puede inhumar o incinerar una vez pasadas, al menos, 24 horas desde el fallecimiento. 

Por ello, los seres queridos, dedican ese tiempo a despedir al ser querido en una sala adaptada a ello.

 

¿Se puede velar en casa?

Sí. En España se puede velar en tu propio domicilio. Desde Funeraria Aragón, aconsejamos realizarlo en un tanatorio, ya que tiene las instalaciones correctas de higiene y unas condiciones totalmente adecuadas para el fallecido. Esto, en muchas ocasiones, no es posible en hospitales, casas o residencias.

¿Se puede realizar el velatorio en un hospital?

Numerosos hospitales disponen de salas que están destinadas al velatorio. Pero por lo general, no hay profesionales especialistas. Si necesitas contratar un servicio de Funeraria 24h en Zaragoza, no dudes en contactar con nosotros.

¿Los tanatorios cierran por la noche?

Los tanatorios con los que contamos en Funeraria Aragón se encuentran abiertos las 24 horas del día.

¿Puedo contratar el servicio de velatorio de manera personaliza?

Sí. En Funeraria Aragón, damos la posibilidad de personalizar el velatorio siempre que sea posible y mientras se guarde la intimidad de otros velatorios que comparten tanatorio en ese momento.

Entonces ¿se puede hacer un funeral sin tanatorio?

Cuando hablamos de los actos relacionados con la defunción de un ser querido, a menudo confundimos las diferentes etapas sobre cómo se lleva a cabo la despedida del fallecido. 

Los servicios funerarios son totalmente adaptables a las necesidades de cada familia y desde Funeraria Aragón nos preocupamos porque éstas se vean cumplidas para tu tranquilidad en un momento tan difícil.

¿Puedo enterrar entonces a mi ser querido sin necesidad de realizar un velatorio?

La respuesta es sí. Pero es importante especificar a qué nos referimos con “funeral” y “velatorio” o “tanatorio”. El funeral es el acto ceremonial de despedida, que culmina con el entierro o incineración del difunto, según las necesidades de la familia o últimas voluntades del fallecido. Este acto puede ser tanto civil como religioso. 

Mientras que el “tanatorio” es el espacio funerario donde tiene lugar el acto de “velar” (ese velatorio del que hablamos). 

Por tanto, es posible realizar un funeral sin tanatorio, así como es posible de igual manera realizar un velatorio del difunto sin llevar a cabo una ceremonia funeraria. Incluso podemos evitar ambas. 

Lo que no se puede evitar en España cuando fallece un familiar, es el entierro o la cremación. Además, por ley, deben transcurrir 24h desde el fallecimiento hasta la inhumación o cremación. Si no se quiere hacer uso de una sala de velatorio, el tanatorio puede guardar al fallecido hasta que transcurra el tiempo establecido. 

Desde Funeraria Aragón te acompañamos y asesoramos en todo este proceso y, por ello, con 45 años de experiencia a las espaldas, aconsejamos siempre despedir, de la manera que sea, al ser querido. 

¿Se puede velar más de un día?

Sí, está permitido velar más de un día, pero existen condiciones. A partir de las 48h Sanidad Mortuaria  obliga a realizar técnicas de conservación, que deben llevarse a cabo por profesionales. Desde Funeraria Aragón, contamos con todos los servicios que necesites. 

¿Qué pasa si la familia quiere irse y decide no velar por la noche?

No hay ningún problema. El personal del tanatorio cerrará la sala hasta que los familiares regresen. No existe una manera correcta o incorrecta, cada familia tiene derecho a pasar el duelo como desee.